Martes, 31 de 2013
Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores
El plus de transporte computa en la base de cotización a partir del 22 de diciembre, por lo que si tus trabajadores cobran este plus se incrementará la cotización a partir de enero. No cotizarán gastos de locomoción, manutención y estancia justificados con facturas de trabajadores que tengan que desplazarse a municipios distintos del centro de trabajo. -Si tiene trabajadores con contratos a tiempo parcial debe hacer un registro diario de entradas y salidas para controlar los tiempos debiendo entregar una copia del resumen mensual al trabajador y conservarlo durante 4 años. -Se permite el contrato indefinido de apoyo a emprendedores a tiempo parcial con bonificaciones en proporción a la jornada: *Jóvenes entre 16 y 30 años(1 año 83,33 €/mes, 2 año 91,67 €/mes, 3año 100€/mes). *Mayores 45 años (108,33 €/mes durante 3 años).
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